Si bien esta modalidad de enjuiciamiento ha cobrado protagonismo en la provincia de Mendoza durante el último tiempo, aún gran parte de la población desconoce detalles de su funcionamiento, por lo que resulta importante repasar los puntos principales.
Luego de la sanción de la ley 9106 en 2018, la ciudadanía mendocina tiene participación directa en la administración de justicia. Se trata de una nueva modalidad de juicio encabezado por un jurado popular integrado por 12 personas titulares y 4 suplentes. Los miembros del jurado son quienes por unanimidad deciden la culpabilidad o no de los acusados de determinados delitos.
Para llevar adelante este proceso, el Poder Judicial realiza un sorteo público anual para saber quiénes serán las personas que podrán integrar el jurado popular. Con el objetivo de garantizar la transparencia de la selección, los elegidos pasan por al menos 4 instancias totalmente imparciales y aleatorias que culminan en la elección de aquellos 12 titulares y 4 suplentes que actuarán en el juicio.
Las terminaciones de DNI sorteadas recientemente para 2026 fueron: 090, 017, 846, 163, 003, 535, 093, 360 y 933, lo que significa que un total de 11.727 personas conformaron la primera lista de posibles seleccionados. Otros requisitos para ser jurado son:
Quienes resultan sorteados son posteriormente notificados por la Oficina Central de Juicios por Jurado.
El objeto de esta modalidad es brindar mayor transparencia a las decisiones judiciales y contribuir a incrementar la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia, sostiene Fernando Vera Vázquez, abogado y profesor de Derecho Penal I y II de la Universidad Maza. Además, agrega: “personalmente lo considero un gran avance desde un sistema democrático puro, ya que hace a la participación de toda la comunidad, logrando que se involucre en estas cuestiones dentro de un marco de servicio social”.
Es importante mencionar que hace 3 años se duplicó la cantidad de personas que integran la lista de posibles jurados como consecuencia de una ley sancionada en 2022 que amplía la cantidad de delitos que podrán ser juzgados con esta modalidad. En total, los casos que engloba esta nueva disposición corresponden a los de mayor gravedad, como los casos de homicidio agravado, homicidio en ocasión de robo, y abuso sexual seguido de muerte. También se agregó el delito de homicidio simple previsto en el art. 79 del código penal, cuya pena va de los 8 a los 25 años de prisión.
Esta nueva forma de enjuiciamiento adoptada en nuestra provincia ha significado un profundo cambio cultural que hace parte a toda la sociedad mendocina, brindándole a los ciudadanos la posibilidad de involucrarse directamente en los asuntos importantes. “En conclusión, el juicio por jurados resulta mucho más transparente por una razón casi matemática: frente a la decisión de un solo juez profesional (o de un tribunal colegiado de tres magistrados) intervienen doce ciudadanos que, en principio, no tienen animosidad ni interés en el resultado. Ellos deben juzgar objetivamente a sus pares, en cumplimiento de su deber cívico, y para dictar una condena deben estar todos de acuerdo. ¿Qué mayor garantía que esa? Por eso considero que es un proceso más transparente que un juicio tradicional o común'', concluyó el especialista.
Hasta el momento se han llevado a cabo 58 juicios por jurado lo que significa que más de 930 personas ya tuvieron la experiencia de ser jurados populares.